Diversa, Grande y Libre
La construcción del Estado de las autonomías fue uno de los procesos políticos más delicados de la Transición: había que reconocer la diversidad territorial y satisfacer las demandas de autogobierno sin romper la unidad del Estado. La Constitución de 1978 optó por no fijar desde el principio un mapa cerrado ni un modelo completamente acabado, sino por abrir una “puerta” a la autonomía para las distintas nacionalidades y regiones, que se iría desarrollando en los años siguientes.
Esa puerta no era única. El texto constitucional diseñó dos formas de acceso a la autonomía, conocidas popularmente como vía lenta y vía rápida, que combinaban distintos niveles de competencias y diferentes exigencias políticas y procedimentales. Sobre este doble carril se construyó el Estado de las autonomías entre 1979 y 1995, hasta llegar a las diecisiete comunidades autónomas y dos ciudades autónomas actuales.
La vía lenta: autonomía paso a paso
La llamada vía lenta es la que establece el artículo 143 de la Constitución. Estaba pensada para la mayoría de las regiones, que podían constituirse en comunidad autónoma si cumplían dos condiciones: ser provincias limítrofes con elementos históricos, culturales o territoriales comunes, territorios insulares o provincias con entidad regional histórica, y que la iniciativa fuera aprobada por las diputaciones y por las dos terceras partes de los municipios que representasen, al menos, a la mayoría del censo de cada provincia.
A cambio de unos requisitos relativamente asumibles, esta vía daba acceso a una autonomía limitada: las nuevas comunidades solo podían asumir de entrada las competencias del artículo 148.1 de la Constitución. Para ampliar ese catálogo y acercarse al techo máximo, debían esperar cinco años, reformar sus estatutos y negociar nuevas transferencias con el Estado. Esa lógica escalonada convirtió la vía lenta en un camino de autonomía “en dos tiempos”: primero el reconocimiento institucional y un paquete básico de competencias, después, transcurrido un plazo, la posibilidad de un salto cualitativo.
La vía rápida: máximo autogobierno desde el inicio
En contraste, la vía rápida recogida en el artículo 151 permitía a determinadas regiones acceder desde el primer momento a un nivel de autogobierno mucho más amplio. Las comunidades creadas por esta vía podían asumir no solo las competencias del artículo 148.1, sino también todas aquellas que no estuvieran reservadas expresamente al Estado en el artículo 149. Era, en la práctica, el acceso directo al “primer piso” del Estado autonómico.
A cambio, la vía rápida exigía requisitos mucho más duros: la iniciativa debía partir también de diputaciones o cabildos, pero necesitaba el respaldo de las tres cuartas partes de los municipios que representasen, al menos, la mayoría del censo en cada provincia. Además, los diputados y senadores elegidos por esas provincias se constituían en asamblea para elaborar el proyecto de estatuto, que debía aprobarse por mayoría absoluta y pactarse después con la Comisión Constitucional del Congreso. Finalmente, el estatuto tenía que ser ratificado por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores –no solo de los votantes– de cada provincia en referéndum, y ser aprobado por ambas Cámaras.
La Constitución introdujo, además, una ventaja específica para las llamadas nacionalidades históricas: País Vasco, Cataluña y Galicia, que habían plebiscitado estatutos durante la Segunda República y disponían de regímenes preautonómicos en la Transición, podían utilizar la vía rápida sin tener que superar todos los requisitos del artículo 151.1, gracias a la disposición transitoria segunda. De este modo se reconocía su trayectoria previa de autogobierno.
¡Andaluces, levantaos!
Aunque el andalucismo tiene raíces en el siglo XIX —la Constitución federal de Antequera de 1883, la figura de Blas Infante, el himno y la bandera—, la autonomía andaluza es, sobre todo, una criatura de la Transición. Durante la dictadura, cualquier proyecto de autogobierno quedó enterrado bajo el centralismo franquista, pero en los años setenta reapareció como respuesta a la marginación económica y a la sensación de desigualdad frente a las llamadas nacionalidades históricas.
El referéndum andaluz del 28 de febrero de 1980 y aquel día, los andaluces votaron si querían iniciar su proceso autonómico por la vía rápida del artículo 151 de la Constitución, pensada en principio para las “nacionalidades históricas”, y no por la vía lenta y limitada del artículo 143. El resultado, accidentado y polémico, terminó convirtiendo a Andalucía en la única comunidad no histórica que accedió a la autonomía por el 151, forzando un replanteamiento del mapa autonómico español.
La campaña del 28‑F fue, según coinciden historiadores y testigos, la más conflictiva en la región desde las elecciones de 1977. El Gobierno y la dirección de UCD, que querían evitar la vía rápida, adoptaron una estrategia singular: pedir la abstención o el voto en blanco con el lema “Este no es tu referéndum”, insistiendo en que la autonomía estaría garantizada también por el 143 y que el 151 solo serviría para entregar el proceso a la izquierda. Alianza Popular se sumó a esa línea abstencionista.
Las fuerzas de izquierda —PSOE, PCE, PSA— y la Junta preautonómica defendieron el sí, argumentando que solo la vía 151 situaría a Andalucía en pie de igualdad con las comunidades históricas y daría un impulso real a la modernización económica y social de la región. La Democracia Cristiana Andaluza y algunas formaciones menores de centro-derecha se desmarcaron de la estrategia de UCD y apoyaron también el sí.
El 28 de febrero de 1980, Andalucía acudió a las urnas para decidir si iniciaba su proceso autonómico por el 151. La participación fue del 62,9%, con 2.843.820 votantes y un 55,42% de síes sobre el total del censo, frente a un 3,41% de votos negativos y un 4,48% de votos en blanco. En términos políticos, el resultado constituía un mandato inequívoco a favor de la autonomía plena.
El problema estaba en la literalidad del artículo 151 y de la Ley Orgánica 2/1980: no bastaba con la mayoría en el conjunto de la comunidad, era necesaria la mayoría absoluta del censo en cada una de las provincias. Y en Almería, esa frontera no se alcanzó; la suma de síes y votos válidos quedó por debajo del 50% del censo. Nacía así el llamado “caso Almería”, un escollo jurídico con enormes implicaciones políticas
La salida al “caso Almería” no fue estrictamente jurídica, sino política. En octubre de 1980, se modificó la propia Ley Orgánica de Modalidades de Referéndum para permitir que, en situaciones como la andaluza, la falta de ratificación en una provincia pudiera ser suplida por una decisión de las Cortes Generales, a propuesta de la mayoría de los diputados y senadores de la provincia afectada
Andalucía accedió así a la autonomía por la vía del 151, al mismo nivel competencial que las comunidades históricas, y se convirtió en la única comunidad no histórica que utilizó plenamente ese artículo. El proceso culminó con el referéndum sobre el Estatuto de Carmona, celebrado el 20 de octubre de 1981, en el que casi un 90% de los votantes respaldó el texto estatutario, con una participación del 53,4%.
Un 11 de Septiembre en Sant Boi
Cuando se celebra la Diada de 1976, España aún no ha celebrado elecciones democráticas desde la Guerra Civil y no hace ni diez meses que ha muerto Franco. El Gobierno Arias Navarro ha caído, la conflictividad en el País Vasco y en Cataluña es alta, y el régimen sabe que debe abrir válvulas de escape para evitar una explosión de consecuencias imprevisibles.
El protagonista estatal de este episodio es el gobernador civil de Barcelona, Salvador Sánchez Terán, hombre de confianza del sistema, encargado de gestionar el equilibrio entre el temor a desbordamientos y la necesidad de ofrecer señales de apertura. La petición formal de celebrar la Diada llega a la Gobernación de la mano del cineasta y senador en ciernes Pere Portabella, en nombre de la Assemblea de Catalunya.
Lo que sigue son días de negociaciones tensas entre emisarios de la oposición –representantes de la Assemblea, del Consell de Forces Polítiques de Catalunya y de diversos partidos– y el núcleo de confianza de Sánchez Terán. Las reuniones se prolongan de noche y de madrugada, con la amenaza constante de la prohibición y varias líneas rojas marcadas por el Gobierno: los discursos deben ser “moderados”, en la convocatoria no puede aparecer la expresión “Diada nacional” y, de ninguna manera, el acto podrá celebrarse en el Parc de la Ciutadella, antiguo escenario del Parlament republicano y lugar de enorme carga simbólica.
Los organizadores difunden inicialmente pasquines convocando a la ciudadanía a la Ciutadella, lo que forma parte de la presión para conseguir un emplazamiento central. Pero la Delegación del Gobierno se mantiene firme: ningún acto masivo y legalizado en el corazón de Barcelona. La solución, surgida en las conversaciones entre dirigentes catalanistas como Josep Benet y Miquel Sellarès, será proponer un escenario alternativo: Sant Boi de Llobregat.
La elección de Sant Boi no es casual ni neutra. Por un lado, allí se encuentra la tumba de Rafael Casanova, icono de la derrota de 1714, lo que garantiza un fuerte valor simbólico. Por otro, se trata de un municipio de la periferia barcelonesa, con malas comunicaciones y menos de dos días por delante para reorganizar la logística, lo que lleva al gobernador a pensar que la manifestación quedará deslucida y fuera de control mediático
La madrugada del 10 de septiembre, a pocas horas de la fecha señalada, Sánchez Terán comunica que autoriza la convocatoria, pero solo si se celebra en Sant Boi. La Assemblea Democràtica de Sant Boi, integrada en la Assemblea de Catalunya, recibe el encargo de convertir el municipio en escenario de una cita que, en principio, debía tener lugar en el centro de Barcelona.
En tiempo récord, los militantes locales, coordinados con la comisión organizadora general, diseñan un dispositivo que combina política y logística: mapas del municipio, reuniones con responsables del ferrocarril y de las compañías de autobuses para aumentar frecuencias, contactos con el ayuntamiento y con la Guardia Civil para garantizar que no haya incidentes, organización de un servicio de orden propio con voluntarios de las fuerzas antifranquistas. El objetivo es asegurar que la Diada sea masiva, pacífica y ejemplar.
El 11 de septiembre, la plaza de Catalunya de Sant Boi y las calles adyacentes se llenan desde primera hora de la tarde. Las cifras de asistencia varían según las fuentes: el informe confidencial de Gobernación habla de unas 35.000 personas, Televisión Española rebaja la cifra a poco más de 20.000, mientras que publicaciones como Avui o Canigó elevan el recuento hasta las 100.000. Más allá del baile de números, ninguno de los testimonios duda del éxito rotundo de la convocatoria: es la primera gran manifestación democrática multitudinaria celebrada en Cataluña desde la Guerra Civil
Los portavoces Miquel Roca, Octavi Saltor y Jordi Carbonell –representando sensibilidades políticas diversas– dieron voz a un catalanismo que había sobrevivido en la clandestinidad y reclamaron, con el lema «Llibertat, amnistia, Estatut d’autonomia», la recuperación del autogobierno como parte inseparable de la democratización. La jornada, pacífica y masiva, mostró que el autonomismo no era una reivindicación minoritaria, sino una demanda ampliamente compartida que se situaba en el centro del nuevo pacto democrático.

























